Marruecos aprueba nueva ley de alquiler de locales comerciales

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Simplificar las relaciones entre propietarios y arrendatarios. Este es el objetivo principal de la nueva ley número 49.16, referente a los arrendamientos de locales comerciales, industriales y artesanales. Este nuevo marco jurídico con el que se pone fin a sesenta años de una norma que ha conseguido aunar las críticas del sector jurídico por sus númerosos defectos, establece, en primer lugar, la obligatoriedad de que todo nuevo contrato sea escrito y disponga asimismo de fecha.

Además, el propietario y el inquilino deberán, con carácter previo a la celebración del contrato, llevar a cabo una descripción minuciosa del local y los bienes objeto del arrendamiento. En cuanto al precio del alquiler, la nueva ley establece que será fijado por las partes y puede ser objeto de revisión.

Entre las otras novedades, la nueva ley precisa los derechos del propietario en caso de que el inquilino incurra en mora.  También es de destacar los apartados referentes a las condiciones de expulsión del inquilino por riesgo de ruina sobre el inmueble, clarificando las modalidades tanto de evacuación como de retorno.

Con respecto al alquiler con derecho a compra, esta práctica no había sido regulada hasta la fecha. El respecto, la ley fija una cantidad mínima que el propietario deberá pagar en caso de desahucio del inquilino sujeto a esta modalidad de arrendamiento.

Con esta nueva ley el Gobierno pretende poner fin al elevado nivel de contenciosos entre arrendadores y arrendatarios. Tras su publicación en el boletín oficial de Marruecos, habrá que esperar hasta el 11 de febrero de 2017 para su entrada en vigor.  

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