Las empresas con el sello “Pyme innovadora” reducirán sus costes hasta en un 70%

Leticia López de Silva
 
La consultora, Alma Consulting Gruop, ha dado a conocer la financiación nacional e internacional a la que pueden tener acceso las PYMES que tenga el sello de  “PYMES Innovadoras”.  La seguridad Social aportará bonificaciones a aquellas con menos de 10 trabajadores, con el objetivo de que éstas ahorren y tengan una economía holgada. El Instrumento PYME abarca el 70% de los costes que se pueden subvencionar, aportando 78.000 millones de euros. La Comisión Europea ya ha elegido a las 71 PYMES españolas que se beneficiarán en la primera fase y a otras 12 en la segunda. Actualmente, existen 11.652 empresas con el sello “PYME Innovadora”, las cuales podrían reducir el coste de sus trabajadores dedicados únicamente a proyectos I+D+i hasta en un 70%, siendo la bonificación media por trabajador de 2.360 euros.
 
El Real Decreto 475/2014 sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad del personal investigador recupera el incentivo, por el cual las entidades cuyos trabajadores se dediquen en exclusiva a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i), pueden obtener una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes. La consultora Alma Consulting Group asegura que esta bonificación mantiene la compatibilidad con otras ayudas y amplía el ámbito al régimen de deducción fiscal por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Solo será aplicable a empresas que hayan recibido el sello “PYME Innovadora”, las que se beneficiarán de ambos incentivos. Para el resto de empresas o entidades la bonificación será compatible con el régimen de deducción establecido, siempre que no se aplique sobre el mismo investigador.
 
Las empresas que quieran hacer unos de las bonificaciones y apliquen deducciones fiscales, tendrán que realizar una memoria anual de actividades y proyectos vinculados con el ejercicio requerido, junto con la declaración del impuesto de sociedades, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en un plazo máximo de 6 meses desde la finalización del ejercicio fiscal en el que se ha aplicado las bonificaciones. Mediante el acceso al registro, y la comprobación de PYME Innovadora, podrá solicitarse la devolución del exceso ingresado. La Tesorería General de la Seguridad Social deberá notificar la resolución en un plazo de 6 meses, una vez presentada la documentación de solicitud de devolución de dicha solicitud.
 
El proyecto debe basarse en una idea realmente innovadora en su sector o mercado y desarrollar actividades de estas características y de I+D. Debe ser un proyecto en estado avanzado, que sea estratégico para la empresa y cercano al mercado. El proceso de solicitud consta de tres fases. En la primera Fase, la Comisión Europea eligió 71 PYMES españolas como beneficiarias y en la segunda a 12, lo que demuestra el alto potencial innovador español. En ambas Fases España ha liderado la clasificación de PYMES seleccionadas, procedentes de ámbitos como la producción de alimentos sostenibles, seguridad, control de sistemas, nanotecnologías, salud, educación, etc.
 
Actualmente, 11.652 empresas están registradas, en la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía y Competitividad, con el sello “PYME Innovadora”. Éstas tienen potestad para utilizar este incentivo para aumentar la contratación de investigadores. Teniendo en cuenta los nuevos requisitos, el coste de estos trabajadores podría reducirse hasta en un 70% para la empresa. Según el MINECO, se ha estimado en 500 el número de puestos de trabajo de nueva creación, en 3 años, gracias a este incentivo y a una bonificación media por trabajador de 2.360 euros.Sección: economía
Titular: Las empresas con el sello “Pyme innovadora” reducirán sus costes hasta en un 70%
Autor: Leticia López de Silva
 
La consultora, Alma Consulting Gruop, ha dado a conocer la financiación nacional e internacional a la que pueden tener acceso las PYMES que tenga el sello de  “PYMES Innovadoras”.  La seguridad Social aportará bonificaciones a aquellas con menos de 10 trabajadores, con el objetivo de que éstas ahorren y tengan una economía holgada. El Instrumento PYME abarca el 70% de los costes que se pueden subvencionar, aportando 78.000 millones de euros. La Comisión Europea ya ha elegido a las 71 PYMES españolas que se beneficiarán en la primera fase y a otras 12 en la segunda. Actualmente, existen 11.652 empresas con el sello “PYME Innovadora”, las cuales podrían reducir el coste de sus trabajadores dedicados únicamente a proyectos I+D+i hasta en un 70%, siendo la bonificación media por trabajador de 2.360 euros.
 
El Real Decreto 475/2014 sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad del personal investigador recupera el incentivo, por el cual las entidades cuyos trabajadores se dediquen en exclusiva a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i), pueden obtener una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes. La consultora Alma Consulting Group asegura que esta bonificación mantiene la compatibilidad con otras ayudas y amplía el ámbito al régimen de deducción fiscal por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Solo será aplicable a empresas que hayan recibido el sello “PYME Innovadora”, las que se beneficiarán de ambos incentivos. Para el resto de empresas o entidades la bonificación será compatible con el régimen de deducción establecido, siempre que no se aplique sobre el mismo investigador.
 
Las empresas que quieran hacer unos de las bonificaciones y apliquen deducciones fiscales, tendrán que realizar una memoria anual de actividades y proyectos vinculados con el ejercicio requerido, junto con la declaración del impuesto de sociedades, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en un plazo máximo de 6 meses desde la finalización del ejercicio fiscal en el que se ha aplicado las bonificaciones. Mediante el acceso al registro, y la comprobación de PYME Innovadora, podrá solicitarse la devolución del exceso ingresado. La Tesorería General de la Seguridad Social deberá notificar la resolución en un plazo de 6 meses, una vez presentada la documentación de solicitud de devolución de dicha solicitud.
 
El proyecto debe basarse en una idea realmente innovadora en su sector o mercado y desarrollar actividades de estas características y de I+D. Debe ser un proyecto en estado avanzado, que sea estratégico para la empresa y cercano al mercado. El proceso de solicitud consta de tres fases. En la primera Fase, la Comisión Europea eligió 71 PYMES españolas como beneficiarias y en la segunda a 12, lo que demuestra el alto potencial innovador español. En ambas Fases España ha liderado la clasificación de PYMES seleccionadas, procedentes de ámbitos como la producción de alimentos sostenibles, seguridad, control de sistemas, nanotecnologías, salud, educación, etc.
 
Actualmente, 11.652 empresas están registradas, en la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía y Competitividad, con el sello “PYME Innovadora”. Éstas tienen potestad para utilizar este incentivo para aumentar la contratación de investigadores. Teniendo en cuenta los nuevos requisitos, el coste de estos trabajadores podría reducirse hasta en un 70% para la empresa. Según el MINECO, se ha estimado en 500 el número de puestos de trabajo de nueva creación, en 3 años, gracias a este incentivo y a una bonificación media por trabajador de 2.360 euros.

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