Una falsa acusación contra Iberdrola apunta al Gobierno

Iberdrola

Un fiscal dependiente del gobierno acusa a IBERDROLA de beneficiarse de manipular precios cuando en realidad fue perjudicada.

Los hechos se remontan a hace siete años. Y además han buscado a una filial de una filial de IBERDROLA España. Los precios se elevaron por distintos motivos de mercado, presión de la demanda, escasez de recursos. Una situación que perjudicó a IBERDROLA porque en esos momentos tenía una posición compradora. Ahora se le acusa de querer beneficiarse. Todo lo contrario.

Iberdrola está en total desacuerdo con el auto del Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional de 26 de mayo de 2022 y con el escrito del Fiscal de 6 de abril.

El auto del Juez y el escrito del Fiscal se limitan a reproducir algún pasaje de la resolución sancionadora de la CNMC de noviembre de 2015. Estamos, por tanto, ante una cuestión de pura discrepancia administrativa, que carece de toda trascendencia penal.

El alza de precios que se produjo en el mercado mayorista diario entre los días 30 de noviembre y 23 de diciembre de 2013, respondió a una serie de circunstancias exógenas de mercado (subida de la demanda, reducción drástica de la producción renovable por falta de viento, elevada indisponibilidad de centrales, incremento coyuntural de los precios del gas, bajada de la capacidad de interconexión) todas ellas ajenas a IBERDROLA.

El precio de las ofertas hidroeléctricas presentadas por IBERDROLA entre el 30/11/2013 y el 23/12/2013 fue económicamente racional, y la actuación de la empresa y de su personal se basó estrictamente en criterios técnicos y de mercado, y estuvo condicionada por la situación excepcional de escasez de aportaciones hidráulicas que se dio en esas fechas.

IBERDROLA no se benefició como consecuencia del alza de precios en el mercado mayorista diario (entonces el precio estaba entre 80 y 90 €MWh), ni tenía ningún incentivo económico para provocar una subida de estos, ya que tenía una posición neta compradora en el período de referencia. Esto significa que la subida de precios le perjudicaba.

IBERDROLA no causó, por tanto, ningún perjuicio económico al mercado.

Llama la atención que se cuestione o penalice a las empresas productoras de energía hidroeléctrica unas veces por impedir desembalses (este es el caso) y en otras por desembalsar. Esta acusación no se sostiene por cuanto, la producción está siempre sometida a los controles y supervisión de la CNMC y Red Eléctrica.

Observando los múltiples factores que contribuyen a la variación de precios (la montaña rusa de subidas y bajadas diarias) es llamativo que esa discrepancia técnica de hace 7 años lo fuera por 7 euros/kilowatio. Y lo más llamativo es que se le busque una relevancia penal cuando ni la propia CNMC se la dio.

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