Una reforma federal de la UE para responder a la realidad

Conferencia sobre el Futuro de Europa

La eficaz respuesta de la Unión Europea (UE) a la crisis sanitaria, económica y social provocada por la COVID-19 puede y, en mi opinión, debe ser un acelerador de las reformas de todo tipo que necesita el edificio comunitario desde hace tiempo.

Conviene subrayarlo, porque seguramente se mantendrá una tesis contraria: si con los instrumentos establecidos en el Tratado de Lisboa hemos sido capaces de gestionar un reto como la pandemia, al que nunca se había tenido que enfrentar la Europa unida desde su nacimiento, ¿para qué buscarle tres pies al gato?

Además, esta tesis “conservadora” (ni mucho menos euroescéptica, sino legítimamente europeísta) argumentará que, habida cuenta de la necesaria unanimidad para cualquier reforma sustancial del Tratado -desde la atribución de competencias hasta la división de poderes-, lo mejor es mantenerse en una situación que permita actuar con lo que hay para evitar situaciones de bloqueo o, peor aún, de procesos constitucionales condenados al fracaso.

Conviene recordar en este punto, antes de seguir adelante, que suele ser habitual poner como ejemplo el “fracaso” de la Constitución Europea, que algunos atribuyen a lo ambicioso del texto, para fijar objetivos mínimos.

Pues bien, aclaremos que no fue lo ambicioso de la Constitución elaborada por la Convención lo que llevó al fracaso de algunos Gobiernos -Francia y Holanda, pero no del texto ni de quien lo elaboró- a la hora de ratificarla nacionalmente, sino los problemas políticos internos en sus países, que terminaron aliándose con un procedimiento de reforma de los tratados sencillamente insostenible: la unanimidad.

Precisamente por ello, la respuesta hoy a lo que ocurrió 2005 no puede ser ni la falta de ambición ni el temor a recorrer el camino, sino lo contrario. 

Por un lado, porque la pandemia ha demostrado la necesidad de profundizar políticamente la construcción europea si no queremos actuar ‘ad hoc’ en las crisis que se vayan presentando -y se presentarán, que nadie se engañe- en todos los ámbitos. Actuar ‘ad hoc’ en cada caso puede ser sinónimo de apostar a que vuelva a salir bien…o muy mal. No aprovechar el apoyo ciudadano a ir más allá que muestran todos los sondeos seria insensato.

Por otro, porque la falta de competencias comunitarias en determinados terrenos es ya insostenible, tanto como la carencia de los equilibrios de poderes propios de toda democracia para gestionarlas.

Si avanzamos en estos dos grandes ámbitos (competencias y división de poderes) estaremos caminando hacia una Europa federal. Algo, por cierto, que no hemos dejado de hacer desde el Tratado de Roma, de una manera más o menos rápida o más o menos abierta o discreta. 

Los últimos pasos en esa dirección no dejan lugar a dudas: el Tratado de Lisboa (fiel reflejo de la Constitución Europa) y las decisiones relativas a la compra de vacunas, el certificado digital o el NextGenerationEU están ahí para quien quiera verlos.

En ese sentido, deberíamos entender la Conferencia sobre el Futuro de Europa como un medio para llegar a un fin, no como un fin en sí mismo que únicamente conduciría a una depresión europeísta.

Conferencia sobre el Futuro de Europa

En efecto, podemos debatir y debatir durante meses sin llegar a conclusiones o, lo que es peor, obtenerlas, pero sin hacerlas realidad. Francamente, no sé cuál de las dos situaciones sería peor.

La Conferencia debe hacer propuestas claras pidiendo que una Convención y una Conferencia Intergubernamental las plasmen en los Tratados. Corresponde a los gobiernos, las instituciones, los partidos y la ciudadanía más europeístas ponerse a la cabeza de ese esfuerzo y alcanzar el éxito.

Aún más teniendo en cuenta que la coyuntura política en los Estados miembro no va a empeorar en nivel de compromiso europeísta, sino probablemente mejorar. 

¿Qué avances deberían producirse en competencias y división de poderes para acercar el horizonte federal y, por lo tanto, incrementar la eficacia de la democracia europea?

Conferencia sobre el Futuro de Europa

En lo referido a las competencias, las siguientes:

  • culminar la unión económica y monetaria con el reconocimiento en el Tratado de la capacidad de fijar impuestos comunitarios, emitir deuda europea y establecer de forma permanente a mecanismos anticíclicos similares al NGEU,
  • definir una Europa social con instrumentos comunitarios como el reaseguro complementario de desempleo y el salario mínimo,
  • crear una unión sanitaria europea con capacidades comunitarias más allá de la coordinación y la complementariedad,
  • constituir un ejército europeo en el marco de la Política de Defensa.

En lo concerniente a la división de poderes, las siguientes:

  • ampliar el procedimiento legislativo ordinario a todos los ámbitos, incluidos los relativos al Marco Financiero Plurianual y la decisión de recursos propios,
  • extender los poderes de control y decisión del Parlamento Europeo en la Política Exterior y la Política de Defensa,
  • eliminar la unanimidad en aquellos asuntos en los que sigue vigente, sustituyéndola por una doble mayoría reforzada en los más sensibles (por ejemplo, la reforma de los tratados),
  • atribuir al Parlamento Europeo el poder de aprobar las reformas de los tratados junto con los Estados miembro y la iniciativa legislativa,
  • trasladar como norma general a la Comisión Europea los poderes de ejecución hoy en manos del Consejo de la UE,
  • aprobar un procedimiento de designación del candidato a presidir la Comisión Europea que sitúe al Parlamento Europeo en pie igualdad con el Consejo Europeo,
  • fijar un número máximo de miembros del Colegio de Comisarios igual a un tercio del número de Estados miembro, sin excepción,
  • adoptar las listas transnacionales en las elecciones al Parlamento Europeo.

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Sería también políticamente relevante que la bandera de las doce estrellas y el Himno a la Alegría se convirtieran en los símbolos oficiales de la Unión, no solo en algunos Estados miembro.

Y, en primer lugar, aunque aquí figure en el último, que se reconozca en el artículo 1 del Tratado (como se hacía en la Constitución) que la doble legitimidad de la UE: de los Estados y de la ciudadanía europea.

¿No sería lógico que a un Tratado así modificado se le llamara Constitución Europea? Así lo creo.

Carlos Carnero, antiguo eurodiputado y miembro de la Convención Europea.

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