Venezuela, frontera de la Corte Penal Internacional

Nicolás Maduro

Como en la infamia también se puede destacar, Nicolás Maduro logró colocarse dentro de un exclusivo grupo a nivel mundial que incluye a Slobodan Milosevic de Yugoslavia, Muamar Gadafi de Libia, Omar al-Bashir de Sudán o Laurent Gbagbo de Costa de Marfil. El nuevo fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, visitó Venezuela en noviembre de 2021 y sostuvo que es necesario comenzar una investigación por posibles crímenes de lesa humanidad de conformidad con el Estatuto de Roma. Es la primera ocasión en que la CPI inicia una investigación en un país americano. 

Como reacción a la decisión, Maduro, cínicamente “[consideró] que las denuncias deben ser investigadas en el país por las instituciones nacionales creadas para tal fin”; abusando del principio de complementariedad que rige al Estatuto. Dicho principio obliga a la CPI a operar en el supuesto de que las jurisdicciones nacionales no ejerzan (o no puedan ejercer) su competencia. El artículo 1 establece que “[La CPI] estará facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves…y tendrá carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales”. 

El mismo día en que el fiscal Khan anunció la apertura de la investigación, se firmó el Memorándum de Entendimiento por el que el Gobierno venezolano promete adoptar medidas necesarias para asegurar la efectiva administración de justicia y coadyuvar en la investigación. Decisión criticada por ser evidente que el poder judicial, al menos desde la captura del Tribunal Superior de Justicia en 2004 por Hugo Chávez, ha sido cómplice de los abusos del Gobierno por medio de detenciones sin evidencia, órdenes de arresto de forma posterior a detenciones ilegales y demoras procesales.

REUTERS/UESLEI MARCELINO - Un manifestante de la oposición es golpeado por un vehículo de la Guardia Nacional Venezolana (GNB) en una calle cerca de la Base Aérea Generalísimo Francisco de Miranda "La Carlota" en Caracas, Venezuela

Desde febrero de 2018, la exfiscal, Fatou Bensouda, sostuvo que existían fundamentos suficientes para creer que se cometieron crímenes de lesa humanidad por parte de autoridades civiles, miembros de las Fuerzas Armadas e individuos afines al Gobierno; particularmente a partir de las manifestaciones de abril y junio de 2017 donde, de acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de la ONU, al menos 124 manifestantes murieron y 5,000 personas fueron detenidos de forma arbitraria. Las acusaciones se concentran en el artículo 7 del Estatuto sobre “Crímenes de lesa humanidad”, párrafo 1, entre los que se incluye: privación grave de la libertad en violación de normas fundamentales de derecho internacional, tortura y persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos. Adicionalmente, en 2018, bajo la Figura de Remisión, seis países (Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú) solicitaron al fiscal el inicio de una investigación, la cual tiene por objeto “determinar la verdad y si existen o no motivos para formular cargos contra alguna persona”; cabe mencionar que el Estatuto no admite que se invoque un cargo oficial como inmunidad frente a la responsabilidad por crímenes de lesa humanidad. Algunos antecedentes históricos ayudan a comprender de qué forma la investigación contra Venezuela representa una oportunidad única para avanzar la agenda internacional de los derechos humanos

En julio de 1994, Bill Clinton dio un discurso en la Casa Blanca condenando el genocidio de la población Tutsi por parte del Gobierno Hutu en Ruanda. El presidente recibió fuertes críticas por su renuencia a utilizar la palabra “genocidio” durante la condena de los hechos. Para la Administración, existía la preocupación de que el uso de la palabra implicaría la necesidad de algún tipo de intervención norteamericana en el conflicto; una resistencia probablemente motivada por el reciente desastre militar de la Batalla de Mogadiscio en octubre de 1993 durante la guerra civil en Somalia. 

No obstante, los genocidios de la última década del siglo XX -Yugoslavia y Ruanda- cuestionaron y tuvieron enormes repercusiones en el derecho internacional y, específicamente, sobre uno de los principios rectores de la ONU que comenzaba a percibirse como obsoleto: desestimar la guerra bajo una idea de no intervención. Sin embargo, estos cuestionamientos toparon con pared frente a la naturaleza jurídica de la ONU como producto de la Carta de las Naciones Unidas de 1945, es decir, de un tratado internacional. Resultaba imposible cambiar la estructura y misión de la organización sin un nuevo tratado. La creación de la CPI, junto con la adopción del principio de “Responsabilidad de Proteger” adoptado por todos los Estados miembros de la ONU en la Cumbre Mundial 2005, son dos de los mecanismos creados para superar una idea anticuada de no intervención.

AFP/ GEORGE CASTELLANOS - Miembros del Cuerpo de Investigaciones Científicas y Penales de Venezuela (CICPC) patrullan cerca de un puesto de control en San Antonio, Táchira, Venezuela

La creación de la CPI también funcionó como solución a otro antiguo problema. Los tribunales que se habían creado para juzgar a criminales de guerra, Núremberg, Tokio, Yugoslavia y Ruanda, fueron tribunales ‘ad hoc’. Esto generó fuertes críticas respecto a su legitimidad, al caer en la antigua advertencia ya mencionada siglos atrás por Tito Livio: el vae victis o la “justicia del vencedor”. Particularmente, el Tribunal para la ex Yugoslavia fue severamente criticado por políticos serbios, quienes acusaron al Tribunal de dejar impunes los crímenes cometidos por oficiales de la OTAN durante la Guerra de Kosovo en 1999. En conclusión, la creación de la CPI fue el resultado de una acusación, el ‘vae victis’, más la intención de eludir el criterio prevalente de no intervención. 

La CPI ha sido atacada por políticos estadounidenses por su falta de legitimidad, ha enfrentado críticas por el bajo número de condenas y acusaciones por un presunto sesgo anti africano. Por otro lado, algunos defensores subrayan la importancia de su existencia por el supuesto efecto disuasivo que ésta puede generar respecto a los crímenes que pretende castigar. Mientras que sus detractores, utilizando ejemplos como la oportunidad que tuvo Idi Amin de refugiarse en Libia y Arabia Saudí después de la captura de Kampala, y siguiendo las ideas del economista alemán, Albert Hirschman, sostienen que es preferible mantener el “costo de salida” relativamente bajo como una de las condiciones necesarias para que los dictadores abandonen el poder. Es decir, evitar la situación en la cual el poder ya no sólo se necesite para mandar, sino para sobrevivir.

PHOTO/REUTERS - Miembros del Servicio de Inteligencia de Venezuela (SEBIN)

La investigación contra Venezuela representa una gran oportunidad para la CPI. Permite ratificar su propósito fundacional de defensa del derecho internacional frente a la manipulación de la idea de soberanía como cortina para la impunidad. En segundo lugar, comienza a romper el supuesto sesgo antiafricano de sus condenas y es una respuesta contundente frente a las recientes acusaciones de prescindencia por parte de EEUU. Adicionalmente, en el plano político, quizá dañe aquella ingenua pretensión de querer atribuir ideología política al crimen cuando éste se encuentra en el poder. En caso de que la investigación no prospere, quizá los venezolanos puedan encontrar cierto consuelo al recordar que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles

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